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ES OBLIGATORIO TENER UN SEGURO EN UNA COMUNIDAD DE VECINOS?

Son muchos los casos en los cuales los propietarios de una comunidad deciden no contratar un seguro, ya sea por ahorrar costes comunitarios o bien porque no piensan en lo útil que puede ser en un futuro próximo. Es obligatorio? Es conveniente? Es caro?. Te lo contamos.

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En la Comunidad Valenciana si, es obligatorio. Es de esas cosas que no solemos casi ni pensar, pero en muchas ocasiones es de vital importancia la contratación de un buen seguro para tu comunidad.A nivel nacional no existe una ley como tal que regule la obligatoriedad de disponer de un seguro de comunidad para los inmuebles. Sin embargo, existen ciertas normativas autonómicas en las que sí es obligatorio que dicho seguro sea contratado por parte de la comunidad, siendo sancionadas en caso de no cumplir con dicha obligación.Por ejemplo, en la Comunidad de Madrid y en la Comunidad Valenciana, es obligatoria la contratación de una póliza que cubra los siniestros de incendios y daños a terceros cometidos en una comunidad de propietarios. En el resto de Comunidades Autónomas, dicha contratación no es obligatoria como tal, sin embargo, cualquier vecino de la comunidad podrá exigir, incluso mediante la vía judicial, que dicha contratación se lleve a cabo a fin de evitar cualquier inconveniente innecesario. Los precios de estos seguros varían dependiendo de muchos factores (nº de propiedades del edificio, niveles de acabados y equipamientos, antigüedad, etc.), pero se estima que ronda el 5% del presupuesto anual de la comunidad, un porcentaje bastante asequible que en un futuro puede ahorrar mucho dinero, al igual que algún que otro procedimiento judicial. Por lo tanto, asegúrese de que su comunidad de propietarios está debidamente protegida ante cualquier imprevisto.